Por sexta ocasión el Gobierno dejará sin aplicación dos figuras impositivas contenidas en la Reforma Fiscal aprobada mediante la ley 253-12 y continuará percibiendo la mitad de los ingresos que aportan las telefónicas en base a la tasa del 2% para el desarrollo de las telecomunicaciones.
La inaplicación de algunas figuras creadas por la reforma fiscal del 2012 tiene efectos mixtos para los contribuyentes. Algunas como el impuesto a la placa, técnicamente conocido como Impuesto a la Circulación Vehicular (ICV), le favorecen porque libra a los propietarios de vehículos de pagar montos de entre RD$2,500 y RD$70,000, en tanto que otras, como la no reducción de la tasa del ITBIS al 16% y la no indexación de la exención contributiva, afecta a los consumidores y a los contribuyentes por no poder acceder a esas rebajas impositivas. Del grupo de figuras impositivas inactivas, el aspecto relativo a la tasa del ITBIS parece el más condicionado, aunque los demás están en un limbo existencial. Para activarlos habrá que esperar a los próximos proyectos de presupuestos.
La exención en salarios bajos
Mientras tanto, para el 2019 en curso el Gobierno dejará de aplicar el ajuste por inflación a la exención contributiva del Impuesto sobre la Renta a las personas físicas. Ese ajuste, establecido en el Código Tributario creado por la ley 11-92, solo ha sido aplicado en una ocasión a partir de la promulgación de la Ley 253-12. Esta legislación entró en vigencia en el 2013, cuando la exención contributiva para las personas físicas era de RD$33,326.92. La ley dispuso que se congelara en ese nivel por tres años, hasta el 2015. En el 2016 se hizo el ajuste y se elevó a RD$34,666.67 mensual el monto del salario que no paga Impuesto sobre la Renta. Para ese año el ajuste equivalió a un aumento de sueldo real de RD$1,339.74.
Desde e se único ajuste en la época de la reforma creada por la Ley 253-12, cada ano el Ministerio de Hacienda plantea en los sucesivos proyectos de presupuesto una dispensa para no aplicar el ajuste.
El año en curso no ha sido la excepción. También se mantienen otras decisiones para las cuales el MH pide el correspondiente permiso al Congreso.
Para este año también se pidió auto5rización y se mantendrá en 18% la tasa general del Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), la que debió haber sido reducida a un 16% a partir del 2016 si el país hubiera logrado alcanzar una presión tributaria del 16%, una meta establecida en la Estrategia Nacional de Desarrollo (END).
Impuestos a circulación y operación, en el limbo
Los impuestos aprobados por la ley 253-12 sobre el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible, pero que el Gobierno ha dejado de aplicar son el 1% del Impuesto de Circulación Vehicular calculado en base al valor del vehículo sujeto a la renovación de la placa, y el mono tributo de RD$12,000 por concepto de operación, para los establecimientos de venta al por menos.
Vía: elcaribe.com.do