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La controversia financiera detrás del pagaré de US$908,500 que cuestiona Daniel Cordero

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La controversia financiera detrás del pagaré de US$908,500 que cuestiona Daniel

Santo Domingo.– El empresario Daniel Cordero Guerrero se dispone a llevar ante las autoridades una controversia financiera que gira alrededor de un pagaré por US$908,500, instrumentado dentro de una operación de préstamo por US$1 millón en la que, según una decisión de la Jurisdicción Inmobiliaria, solo habrían podido acreditarse desembolsos por aproximadamente US$253,035.

La diferencia entre ambas cantidades constituye ahora el principal cuestionamiento de Cordero y de su equipo legal, que busca determinar cuál fue el dinero realmente entregado y sobre qué fundamento financiero fue emitido el pagaré que posteriormente ha sido utilizado dentro de actuaciones relacionadas con la operación.

En el centro del conflicto figura J. Armando López Holding Group, S.R.L., sociedad que intervino como financiadora, así como su gerente registrado, Rafael Antonio Martínez Mendoza.

La posición de Cordero parte de una premisa sencilla: no desconoce una deuda que pueda ser legítimamente demostrada, pero exige que cualquier cantidad reclamada pueda ser respaldada con transferencias, cheques, estados bancarios y demás evidencias que permitan reconstruir la ruta del dinero.

La operación se remonta al 21 de abril de 2023, cuando fue formalizado un contrato mediante el cual J. Armando López Holding Group, S.R.L. se comprometía a financiar con US$1 millón la continuación de un proyecto inmobiliario ubicado en la región Este del país.

Para garantizar ese financiamiento fueron afectados inicialmente 73 inmuebles. El contrato establecía un plazo de doce meses y una tasa de interés de dos por ciento mensual. Sin embargo, el monto completo consignado en el contrato no habría sido entregado.

La controversia llegó posteriormente a la Segunda Sala del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de La Altagracia, donde fueron examinados documentos y movimientos financieros correspondientes a la operación.

Según la sentencia invocada por la representación de Cordero, los desembolsos acreditados ascendieron aproximadamente a US$253,035, una cantidad sustancialmente inferior al millón de dólares previsto originalmente.

El tribunal ordenó levantar las hipotecas que pesaban sobre 55 de los 73 inmuebles originalmente afectados, al considerar que las garantías debían guardar relación con el dinero efectivamente desembolsado. Ese antecedente judicial es hoy uno de los elementos más relevantes del nuevo conflicto.

Mientras la Jurisdicción Inmobiliaria ya había reconocido que el millón de dólares no fue entregado en su totalidad, el mismo día en que se formalizó el préstamo también fue instrumentado un pagaré notarial por US$908,500.

Para Cordero, ahí surge la principal interrogante. Su representación sostiene que ese pagaré no corresponde a un segundo préstamo ni a una operación financiera independiente, sino que formaba parte del mismo financiamiento hipotecario de US$1 millón.

El contrato, además, establecía que el pagaré debía ser emitido por el monto desembolsado. La pregunta que ahora plantea la parte denunciante es directa: si dentro del proceso judicial solo pudieron acreditarse aproximadamente US$253 mil, ¿cuál es el soporte financiero de un pagaré por US$908,500?

Cordero niega haber recibido dos préstamos independientes y sostiene que nunca recibió un millón de dólares y, adicionalmente, otros US$908,500.

Su equipo legal entiende que, si esa cantidad fue efectivamente entregada, debe existir una trazabilidad financiera que permita identificar de dónde salió el dinero, cuándo fue transferido, a qué cuentas llegó y quién recibió cada desembolso. Ese será uno de los puntos centrales de la solicitud que se prepara para ser presentada ante las autoridades.

La controversia adquiere mayor relevancia porque, según Cordero, el pagaré no constituye únicamente un documento histórico dentro del expediente. Su representación denuncia que estaría siendo utilizado actualmente como fundamento de actuaciones dirigidas a afectar bienes relacionados con la operación.

Para sus abogados, cualquier ejecución patrimonial debe partir necesariamente de una deuda cuyo origen, composición y monto puedan ser demostrados de manera verificable. La discusión, sostienen, no consiste simplemente en determinar si existe una obligación, sino en establecer con precisión cuál fue el capital realmente entregado, qué pagos se realizaron posteriormente, cómo fueron imputados y qué intereses corresponden legítimamente a esa operación.

Dentro de la documentación figura Rafael Antonio Martínez Mendoza en representación de J. Armando López Holding Group, S.R.L., por lo que la representación de Cordero entiende que las autoridades deberán establecer el papel desempeñado por cada una de las personas que intervinieron en la contratación, instrumentación y posterior ejecución de los documentos vinculados al financiamiento.

Los abogados sostienen que el expediente debe ser examinado a partir de elementos verificables: contratos, pagarés, transferencias bancarias, estados de cuenta, registros hipotecarios, actuaciones de embargo y decisiones judiciales.

El antecedente de la Jurisdicción Inmobiliaria, insisten, impide analizar el pagaré de manera aislada. Ya existe una decisión judicial que estableció que el financiamiento de US$1 millón no fue desembolsado completamente y que, como consecuencia de ello, redujo de manera sustancial las garantías hipotecarias.

Ahora queda por establecer cómo, dentro de esa misma operación, terminó instrumentándose un pagaré por US$908,500.

Cordero asegura que está dispuesto a responder por cualquier obligación que pueda demostrarse legítimamente, pero reclama la misma transparencia a quien pretende hacer valer el pagaré.

“Si fueron US$908,500, que aparezcan los US$908,500. Que se identifiquen las transferencias, las cuentas, los cheques, las fechas y los beneficiarios. Si el dinero fue entregado, tiene que existir una trazabilidad que permita demostrarlo”, sostiene su representación legal.

El expediente deja así tres cantidades sobre la mesa: US$1 millón, como monto originalmente contratado; aproximadamente US$253,035, como desembolsos acreditados dentro del proceso judicial; y US$908,500, como valor del pagaré notarial.

La discusión que Cordero pretende llevar ahora ante las autoridades se concentra precisamente en la relación entre esas cifras, y puede resumirse en una sola pregunta: ¿dónde están los US$908,500 que respaldan el pagaré?