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¿Los dominicanos pueden viajar a Argentina sin visa? Estos son los requisitos que establece la normativa oficial

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Los ciudadanos dominicanos pueden ingresar a Argentina sin tramitar una visa consular argentina ni una Autorización de Viaje Electrónica (AVE), pero el beneficio no es automático para todos: deben cumplir requisitos específicos establecidos por el Gobierno argentino.

REDACCIÓN DELAZONAORIENTAL.NET

Santo Domingo.- Los ciudadanos de República Dominicana que planean viajar a Argentina por turismo pueden hacerlo sin solicitar previamente una visa consular argentina, siempre que sean titulares de un pasaporte ordinario y presenten una visa válida y vigente para ingresar a Estados Unidos correspondiente a una categoría migratoria similar.

La disposición está contenida en la Resolución 316/2025 de la Vicejefatura de Gabinete del Interior de Argentina, publicada oficialmente en el Boletín Oficial el 21 de julio de 2025 y que continúa recogida en el portal gubernamental argentino.

No significa que todos los dominicanos puedan entrar sin visa

La normativa establece una condición fundamental: el viajero dominicano debe contar con una visa estadounidense válida y vigente.

En esos casos, Argentina autoriza el ingreso sin visado consular argentino y sin necesidad de gestionar la AVE. Para los ciudadanos dominicanos, la exención aplica exclusivamente cuando el ingreso se realiza como turista.

El Gobierno argentino también explica actualmente en su portal para extranjeros que los ciudadanos de República Dominicana que poseen visa o Green Card vigente de Estados Unidos pueden ingresar como turistas por hasta 90 días sin gestionar visa argentina.

¿Cuánto tiempo pueden permanecer?

La Resolución 316/2025 fija para los dominicanos una permanencia inicial de hasta 90 días en territorio argentino.

La disposición contempla además la posibilidad de solicitar una prórroga por una sola vez por un período similar, sujeta a evaluación de la Dirección Nacional de Migraciones de Argentina.

Requisitos principales

Para beneficiarse de esta facilidad migratoria, el ciudadano dominicano debe cumplir, entre otras, estas condiciones:

  • Ser titular de pasaporte ordinario.
  • Viajar a Argentina exclusivamente como turista.
  • Tener una visa estadounidense válida y vigente de categoría equivalente; el portal oficial argentino también contempla una Green Card estadounidense vigente.
  • La permanencia autorizada inicialmente puede ser de hasta 90 días.
  • Quienes no entren dentro de estas condiciones deberán tramitar la correspondiente visa argentina ante una representación consular.

Tampoco necesitan tramitar la AVE

Uno de los cambios relevantes de la resolución es que los dominicanos que reúnen los requisitos quedan exentos no solamente de la visa consular, sino también de la Autorización de Viaje Electrónica (AVE).

El propio Gobierno argentino anunció la medida señalando que turistas dominicanos y chinos que cumplan las condiciones pueden ingresar sin visa argentina ni AVE y sin costo por esos trámites.

Una excepción condicionada, no una eliminación general de la visa

Por esa razón, sería incorrecto afirmar simplemente que “Argentina eliminó la visa para todos los dominicanos”.

República Dominicana había sido incorporada desde 2012 entre los países cuyos ciudadanos requieren visado de turismo para Argentina. La Resolución 316/2025 creó posteriormente esta exención específica y condicionada para determinados viajeros dominicanos.

Los dominicanos que no posean la documentación requerida deben continuar con el procedimiento regular para obtener una visa de turismo argentina.

Antes de comprar el boleto

Aunque el viajero cumpla con esta exención, es recomendable verificar los requisitos migratorios directamente con la Dirección Nacional de Migraciones de Argentina o la representación consular argentina antes de viajar, especialmente porque las normas de entrada pueden modificarse y la admisión definitiva corresponde a las autoridades migratorias.

Fuente oficial: Gobierno de Argentina, Dirección Nacional de Migraciones y Resolución 316/2025, publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Ver la Resolución 316/2025 completa


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