Contraloría emite NOBACI de Segundo Grado para actualizar procedimientos de las instituciones públicas

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La Contraloría General de la República (CGR)  emitió las Normas Básicas de Control Interno (NOBACI) de Segundo Grado,  basadas en la NOBACI 3.1 “Actividades de Control” para que las instituciones del gobierno actualicen sus procedimientos administrativos,   dando así continuidad al  proceso de asesoría y acompañamiento a las entidades públicas bajo el ámbito de la Ley 10-07. 

Con la emisión  de estas normas la CGR  aporta una base técnica que unifica los criterios a emplear  para la revisión del Control de Inventarios, Administración de Bienes e inmuebles (Plantas y Equipos), Gestión de Tesorería,   Cuentas por Pagar, Administración de Recursos Humanos y Ciclo Presupuestario de las entidades. 

El Órgano Rector procura que las instituciones públicas elaboren y modernicen conforme a estas  sus políticas y procedimientos de manera uniforme. 

El contralor general de la República, Daniel Omar Caamaño Santana, expresó que con la emisión de estas normas de segundo grado,  el Gobierno que encabeza el presidente Danilo Medina continúa fortaleciendo, aún más, las políticas de transparencia y rendición de cuentas  de las entidades públicas.  

La Contraloría anteriormente emitió las NOBACI de primer grado en sus cinco componentes,  para establecer el marco fundamental de un control interno moderno y eficaz, siendo estas uno de los pilares que utiliza la Presidencia de la República en su sistema de monitoreo para supervisar que las instituciones del gobierno cumplan con las disposiciones legales existentes. 

Mientras que las normas de segundo grado brindan  orientación a las entidades y sus responsables acerca de  cómo identificar de manera particular los riesgos más comunes  y que estos definan los controles internos claves para su mitigación, permitiéndoles  alcanzar una adecuada administración de los recursos públicos bajo su gestión. 

En tal sentido cada institución deberá integrar de manera ordenada, escrita y verificable, según la naturaleza de sus funciones, los controles que le den calidad y aseguramiento a los procesos de inventarios, activos fijos, tesorería, cuentas por pagar, recursos humanos, nómina, presupuesto, entre otras. 

Tanto la Resolución No.03 -2019 como las citadas  normas, están publicadas en la página web de la Contraloría www.contraloria.gob.do.

 

Sobre las NOBACI 3: “Actividades de Control”

Las   normas   emitidas mediante la Resolución No. 03 -2019   se denominan: “ADC-3-001 Control de Inventario”,  “ADC-3-002 Administración de Bienes e Inmuebles”, “ADC-3-003 Gestión de Tesorería, “ADC-3-004 Cuentas por Pagar”, “ADC-3-005 Administración de Recursos Humanos y “ADC-3-006 Ciclo Presupuestario”. 

En estas pautas  se establecen los requisitos mínimos que deben tener en cuenta las entidades del Gobierno, al momento de diseñar  sus normas secundarias (sistemas, políticas y procedimientos).               

Se recuerda 

Que de acuerdo con el artículo 4, numeral 1, de la Ley No. 10-07, el Sistema Nacional de Control Interno tendrá como objetivo asegurar el ejercicio de control interno sobre bases técnicas uniformes por las entidades y organismos incluidos en el ámbito de esta ley.