El presidente Danilo Medina promulgó la Ley 192-19 “sobre protección de la imagen, honor e intimidad familiar vinculados a personas fallecidas y accidentadas”.
La nueva ordenanza tiene por objeto la protección integral familiar vinculados a personas fallecidas, para que estas sean protegidas frente a intromisiones ilegítimas y establecer los mecanismos del derecho a la intimidad y la propia imagen de los accidentados.
Fue dada a conocer por el portavoz del Gobierno y director general de Comunicación, Roberto Rodríguez Marchena, a través de su cuenta de la red social Twitter @RodrigMarchena.
Se aplicará a todas las personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas, que utilizando cualquier medio violenten el derecho al honor, a la intimidad familiar, a la propia imagen de las personas fallecidas, y sus familiares.
Las personas accidentadas también podrán reclamar protección de sus derechos a la intimidad y la propia imagen, cuando sin su autorización, estas han sido divulgadas, por cualquier medio de comunicación.
Del mismo modo, el artículo 7 de la referida ley establece que los familiares de un fallecido o la persona autorizada, tienen derecho a incoar una demanda por la intromisión ilegítima en sus datos personales o la divulgación de su imagen sin autorización, que vulneren el honor y la imagen del fallecido y la intimidad familiar.