SANTO DOMINGO. — Tras la reciente detención de la psiquiatra Ylsa Quero —acusada de violencia de género y de realizar ingresos e intervenciones involuntarias no autorizadas a pacientes—, la especialista en salud mental Dra. Alexandra Hichez ofreció una explicación en el programa radial Esto No Es Radio sobre los parámetros legales y médicos que rigen este tipo de procedimientos en la República Dominicana.
La especialista enfatizó que los ingresos forzosos no pueden ejecutarse de forma arbitraria ni por el deseo individual de un familiar, advirtiendo sobre las graves implicaciones legales y éticas de estas prácticas.
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Hichez explica el marco legal y los tres tipos de internamiento
Durante su participación, la doctora Hichez recordó que el ejercicio psiquiátrico en el país está regulado por la Ley General de Salud y la Ley Nacional de Salud Mental No. 12-06, las cuales establecen con claridad las categorías de ingreso hospitalario.
«Existen tres tipos de internamientos: los internamientos voluntarios, los internamientos involuntarios y los internamientos judiciales», precisó la psiquiatra.
La experta aclaró que entidades privadas o fundaciones sin la jerarquía o potestad correspondiente incurren en un delito cuando ejecutan retenciones sin cumplir los protocolos estatales.
Cuatro requisitos indispensables para un internamiento involuntario
Para que un internamiento involuntario sea legal y éticamente procedente, la doctora Hichez detalló cuatro condiciones estrictas que deben confluir obligatoriamente:
- Estado de alteración severo: Se debe demostrar un estado totalmente alterado y fuera de control en el individuo.
- Diagnóstico psiquiátrico grave: La persona debe contar con un diagnóstico previo o estar en etapa de debut de una enfermedad psiquiátrica grave.
- Riesgo inminente: El paciente debe representar un peligro real para su propia integridad física o para las personas que le rodean.
- Validación familiar amplia y objetiva: El proceso no puede llevarse a cabo por la sola voluntad o solicitud de un único pariente.
Sobre este último punto, Hichez explicó que el profesional debe exigir la confirmación de otros familiares directos (madres, hermanos o tíos) para respaldar los derechos del paciente.
«Se ha demostrado que hay familiares que provocan o generan estos ingresos involuntarios para ganancias primaria o secundaria o una invalidación de la persona», alertó, citando como ejemplo litigios de divorcio donde se ha intentado recluir a una de las partes de manera engañosa.

Contexto de políticas públicas y presupuesto en salud mental
Aparte de la controversia por las intervenciones involuntarias, la doctora Hichez enmarcó la problemática dentro de las deficiencias históricas de la inversión estatal en salud mental. Aunque reconoció la apertura de nuevas Unidades de Intervención en Crisis (UIC) bajo la gestión del Servicio Nacional de Salud, criticó la escasa ejecución presupuestaria de instituciones clave.
La ley establece que entre el 5% y el 10% del presupuesto total de salud debería destinarse a la salud mental —lo que equivaldría a entre 5,000 y 8,000 millones de pesos—. Sin embargo, la psiquiatra denunció que organismos como el Consejo Nacional de Drogas, a pesar de recibir cientos de millones de pesos en recursos, han invertido apenas medio millón de pesos en lo que va de año para programas asistenciales y reformativos.
Finalmente, la especialista advirtió sobre la urgencia de atender la salud mental masculina en el país, señalando que los hombres representan el 80% de las muertes por suicidio, lo que refleja la necesidad de fortalecer los servicios públicos de atención y prevención.










